Recuerda que puedes consultar el estado de la factura en cualquier momento desde el Punto General de Facturas Electrónicas de las Administraciones Públicas de Cataluña (o Buzón de entrega de los emisores) y que si tienes cualquier duda sobre un cambio de estado de tu factura, debes contactar con el organismo al que enviaste la factura para que te informe al respecto.

A continuación, puedes ver los posibles estados por los que pasa una factura desde el momento en que la envías. Estos estados se pueden consultar en el buzón de entrega y recibirás notificaciones por correo electrónico de los estados mínimos obligatorios por ley. Si utilizas una integración o consulta vía web/WS, también podrás recibir estados no obligatorios.

Los estados que los receptores pueden enviar para cada factura, idealmente de forma secuencial, son los siguientes:

Estado Descripción ¿Se informa al emisor este estado por correo electrónico?
FACTURA ENVÍO – [a e-FACT] El servicio e-FACT ha puesto la factura a disposición de los sistemas informáticos de la administración receptora y ha pasado las validaciones automáticas de e-FACT No. No se trata de un estado obligatorio.
FACTURA REGISTRADA La factura Electrónica ha sido recibida en el punto general de entrada de facturas e-FACT y ha sido registrada administrativamente, proporcionando un número de registro al proveedor. Sí.
FACTURA ENTREGADA La factura ha sido recogida del Servicio e-FACT por los sistemas informáticos de la administración receptora. No. No se trata de un estado obligatorio.
FACTURA REGISTRADA EN RCF La factura electrónica ha sido recibida y registrada en el registro contable de facturas de la oficina contable destinataria. Sí.
FACTURA RECIBIDA EN DESTINO La factura electrónica ha sido recibida por la unidad gestora de la misma. La publicación de ese estado no es obligatorio. No. No se trata de un estado obligatorio.
FACTURA CONFORMADA El servicio o suministro asociado a la factura ha sido validado. La publicación de ese estado no es obligatorio. No. No se trata de un estado obligatorio.
CONTABILIZADA LA OBLIGACIÓN DE PAGO La obligación de pago derivada de la factura ha sido reconocida. Sí.
FACTURA PAGADA

La obligación de pago derivada de la factura se ha efectuado.

Si tienes cualquier duda al respecto, o no el organismo de destino no te ha realizado el pago, debes contactar con el organismo al que enviaste la factura.

Sí.
FACTURA RECHAZADA La factura ha sido rechazada. El motivo de rechazo pueden ser causas técnicas, que impiden la entrega de la factura al destinatario (generados automáticamente por los sistemas informáticos), o puede ser el propio destinatario quien rechace la factura por motivos comerciales. Las aplicaciones de gestión de facturación electrónica a disposición de los organismos deben permitir la generación de este estado, posibilitando al organismo indicar el motivo de rechazo. Siempre que se produzca un rechazo, sea por motivos técnicos o por el destinatario, deberá generarse este estado. La publicación de este estado es obligatorio siempre que se detecte una incidencia con la factura que impida su tramitación. Sí.
FACTURA ANULADA La oficina contable o la unidad tramitadora aceptan la solicitud de anulación de la factura electrónica, presentada por el proveedor. No. No se trata de un estado obligatorio.

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