Puedes enviar tus facturas a cualquier ente del sector público de Cataluña a través del buzón de entrega de facturas , ya sea del ámbito municipal, supramunicipal, universidades públicas y de la Generalidad de Cataluña.

En el caso de los entes del sector público de la Generalidad puedes consultar las entidades, empresas públicas y centros de la Generalidad preparados para recibir factura electrónica .

¿Cómo crear una factura electrónica?

Existen una serie de soluciones gratuitas que permiten la creación de facturas que posteriormente pueden ser enviadas a las Administraciones Públicas Catalanas que dispongan del servicio e-FACT (Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del sector público de Cataluña).

Soluciones gratuitas:

  • Soluciones para crear y enviar:
    • Buzón de entrega e-FACT: el servicio e-FACT dispone de un buzón de libre acceso que permite crear, enviar y consultar el estado de una factura.
    • EMIX : es un servicio de la Generalidad de Cataluña para generar y enviar facturas directamente a la Generalidad de Cataluña ya su sector público dependiente, a través del servicio e-FACT, sin necesidad de certificado digital y de forma gratuita.
    • B2B Router : es un Portal de factura electrónica, que permite crear facturas electrónicas en formato Facturae, de forma gratuita y enviarlas directamente a las Administraciones Públicas catalanas a través del servicio e-FACT.
    • Pimefactura: Soluciones de la patronal PIMEC, patronal de la pequeña y mediana empresa de Cataluña, que de forma gratuita y sin necesidad de certificado digital, permite crear facturas electrónicas de forma sencilla, en formato Facturae, firmarlas y enviarlas directamente a las Administraciones Públicas catalanas a través del servicio e-FACT. También permite subir facturas electrónicas creadas.
  • Soluciones sólo para crear:
  • Soluciones para crear y enviar (con limitaciones):
    • CaixaBankFactura (CaixaBank): proporciona un servicio de creación y envío manual de facturas gratuito durante el primer año.
    • SERES e-FACTURA : proporciona un servicio de creación y envío manual de facturas gratuito para los proveedores que envíen hasta tres facturas mensuales.

Soluciones no gratuitas:

Puedes crear también las facturas electrónicas mediante las plataformas privadas de servicios de facturación electrónica existentes en el mercado, si éstas se encuentran adheridas al servicio e-FACT.

Actualmente las plataformas adheridas son las siguientes:

¿Qué formato debe tener la e-factura?

El formato de la factura electrónica definido por la Administración General del Estado e implantado en el servicio e-FACT de la AOC, es un XML con una estructura conocida como Facturae.

Actualmente, las versiones de Facturae aceptadas por el servicio e-FACT, de acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público , son 3.2 y 3.2. 1.

Si envías las facturas en un formato anterior, éstas serán rechazadas.

Puedes obtener más detalle del esquema del formato y versiones en la página: http://www.facturae.es .

¿Por qué el formato XML?

El formato de la factura está definido por la Administración General del Estado. El hecho de que se solicite en formato XML es por qué se considera un formato estructurado que contiene datos y puede ser generado automáticamente por los sistemas informáticos de facturación tanto del emisor como del receptor. En cambio, el PDF es un formato no estructurado que consiste en una imagen e implica una intervención manual o un proceso costes. El formato facturae sólo acepta XML.

NOTA : las soluciones gratuitas para crear facturas (B2B Router, Pimefectura...) te ayudarán a generar las facturas en este formato de forma ágil.

¿Cómo enviar una factura electrónica?

Y...si hago pocas facturas?

Si eres una pequeña empresa, o un proveedor y haces facturas de forma puntual, o bien tienes que hacer pocas facturas, algunas entidades bancarias pueden gestionarlo de forma gratuita o por un importe reducido.

También puedes hacerlo a través de soluciones gratuitas : B2B Router, Pimefactura o Billage

Y...si hago muchas facturas?

En función del volumen de facturas que se emiten cada mes en las Administraciones Públicas (dado que la obligatoriedad es sólo, de momento, de facturar electrónicamente a este tipo de organizaciones), cada empresa u organización puede decidir si integrar su herramienta de facturación electrónica con el servicio e-FACT, valorando si la inversión en la integración es rentable en comparación con otros mecanismos para la creación y entrega de facturas electrónicas (como B2B Router, Pimefactura o Billage ).

Desde la AOC, aconsejamos esta integración, a partir de 100 facturas mensuales, dada la complejidad que comporta este proceso. De todas formas, en la decisión también pueden intervenir otras variables, como la voluntad de la empresa de simplificar la facturación (convirtiéndola toda en electrónica), una cartera de clientes de Administración Pública diversa (adherida a diferentes puntos generales de entrada de facturas electrónicas), u otros temas organizativos de la misma.

¿Dispone de la documentación y el formulario de solicitud de integración en el e-FACT para proveedores a Cómo integrarse en el e-FACT?

Las administraciones adheridas al servicio e-FACT ofrecen un buzón de entrega que permite consultar el estado de tu factura.

Para más información, revisar la FAQ: Cómo consultar el estado de una factura

¿Qué certificados puedo utilizar para firmar la factura?

El Ministerio competente (en enero de 2022 es el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital) publica en su web los Prestadores de Servicios de Electrónicos de confianza cualificados.

El enlace es https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/

Asimismo, existen diferentes perfiles de certificado digitales válidos para la firma electrónica de la factura:

  • Certificado calificado de Sello Electrónico : permite la identificación telemática y la firma electrónica de entidades, empresas y otras personas jurídicas. Permite firmar digitalmente sin incorporar datos de representante o apoderado. Está especialmente indicado para la autenticación y firma desasistida en procesos automatizados, como por ejemplo la generación de facturas.
  • Certificados calificados de persona física representante legal: permite que el titular actúe en nombre de la entidad u organización a la que pertenece.
  • Certificados de persona física: aplicables para autónomos y profesionales, como en el caso del DNI electrónico.

NOTA : si tienes alguna duda en referencia a cómo firmar la factura , debes dirigirte al soporte del programa de creación de facturas que utilices.

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La firma electrónica de las facturas

Certificados admitidos por el validador del Consorci AOC